Una DAO es catalogada como un DEX por Hacienda de una provincia de España y lo somete al pago del impuesto del IVA

Hacienda Floral de Navarra señaló en un informe que no hay exención del pago del IVA sobre las comisiones cobradas por el uso de una plataforma de finanzas descentralizadas, según  la respuesta a una consulta emitida por Blockchain Arbitration Society (BAS) y publicada en su sitio web este miércoles 22 de diciembre de 2021.

El caso concreto trata sobre un DEX configurado a través de una DAO denominada Bamboo DeFi, que según la autoridad consultada en tema gravamen de impuestos por las comisiones generadas por su uso, si debe pagar el Impuesto al Valor Añadido y no está excenta del mencionado impuesto.

“El organismo concluye que el servicio consistente en posibilitar el uso de la plataforma de intercambio a los tenedores de los tokens, y que por ello se encontrará sujeto y no exento del Impuesto sobre el Valor Añadido”, señala BAS en su sitio web.

A finales del año 2015, se realizó una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, donde indica que las criptomonedas habían sido de curso legal, y por ende tendrá una imposición de impuesto sobre el IVA ya que era considerada como una divisa. 

En el informe que presentó el Director Jurídico de Hacienda Foral de Navarro confirma que las criptomonedas y demás monedas digitales constituyen un medio de pago. 

Las comisiones, que la empresa promotora-según acuerdo con la DAO cobre-no derivan propiamente, señala la autoridad fiscal, de la titularidad de los tokens o de las operaciones efectuadas con ellos, sino que van a exigir por razón de uso que los tenedores de Bamboo DeFi hagan de la plataforma descentralizada. 

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