“Las criptomonedas siempre han estado sujetas a tributación cuando se realizan operaciones con ellas, pero mucha gente lo desconocía”, Sandra Adrián – CEO Modo Cripto

En un año caracterizado por la considerable incertidumbre regulatoria y las intensas acciones de los entes reguladores en todo el mundo con respecto a la industria de las criptomonedas, tuvimos la oportunidad de dialogar con Sandra Adrián, una experta con amplia experiencia en asuntos fiscales. Sandra ha estado involucrada en la industria durante un par de años, y a través de nuestra conversación, exploramos en detalle la situación actual del mercado en España desde una perspectiva fiscal y contable.

Daniel Jiménez (DJ): ¿Cómo te insertas en la industria?. Háblanos un poco de esa transición.

Sandra Adrián (SA): Inicié mi trayectoria con estudios en el ámbito económico y fiscal, lo que me llevó  a trabajar en el mundo de la auditoría. Posteriormente me focalice en el asesoramiento fiscal, laboral y contable a pymes y particulares, dirigiendo una gestoría durante casi 12 años. 

Mi formación incluye un Executive MBA, vital para aplicar estrategias empresariales, una de las cuales me llevó a centrarme en comprender la tecnología blockchain y todo su potencial. ¡Me fascinó! Enseguida entendí que era el futuro y necesitaba comprenderla, por lo que opté por estudiar un Postgrado en Blockchain y DLT en la UPF-BSM, donde ahora imparto clases de fiscalidad práctica. 

Este conocimiento es crucial para orientar a nuestros clientes en un sector que, aunque apasionante, puede resultar complejo, a la vez que me hizo reflexionar sobre cambiar mi rumbo profesional y dedicarme en exclusiva a esta nueva realidad, pues es la única forma de garantizar la excelencia en mi asesoramiento. Actualmente, lidero Modo Cripto (Tax & Accounting), donde nos especializamos en asesoramiento contable y fiscal exclusivamente para empresas con base tecnológica blockchain e inversores en cripto activos

En estos dos años de vida, hemos ayudado a particulares y empresas a comprender la complejidad fiscal y contable de este sector en constante evolución, ofreciendo un servicio cercano y de calidad con un equipo altamente cualificado. Construimos confianza y brindamos tranquilidad a aquellos inmersos en este ecosistema, yendo de la mano y afrontando los retos que se nos presentan día a día conjuntamente.

DJ: ¿Cuál es el panorama fiscal actual de las criptomonedas en España?

SA: En la actualidad, aunque no existe una normativa específica sobre el tratamiento fiscal de las criptomonedas, se observa un aumento en la frecuencia de Consultas Vinculantes que contribuyen a estandarizar la forma de tributar en algunas operaciones. 

En este contexto, la Dirección General de Tributos asume el rol de proporcionar guías para comprender cómo debemos abordar el pago de impuestos según el tipo de operación realizada, a pesar de que esta no debería ser su función principal. 

Esto implica que como profesionales, nos corresponde establecer el impacto fiscal de las operaciones con criptomonedas interpretando la normativa mediante la analogía y abstracción correspondiente. 

Las criptomonedas siempre han estado sujetas a tributación cuando se realizan operaciones con ellas, pero mucha gente lo desconocía por no existir esa especificación normativa, además de que la Agencia Tributaria no tenía la suficiente información ni formación cómo para comprender tampoco el alcance de las mismas. 

En este sentido, y con el objetivo de perseguir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales, además de lograr optimizar sus resultados obviamente, desde el año 2021 Hacienda tiene muy presente que deben obtener información de la tenencia y uso de las criptomonedas, lo cual se refleja en nuevos modelos informativos como el 172-173 o 721, que este 2024 será la primera vez que se presenten en relación a la información del ejercicio 2023.

Es relevante señalar que, dado que la adopción de criptomonedas es más común entre inversores particulares, hay más claridad en términos fiscales, especialmente en lo que respecta a impuestos como la Renta. 

Sin embargo, en el caso de sociedades, donde el aspecto contable juega un papel crucial, los organismos competentes han manifestado menos claridad hasta la fecha.

DJ: ¿Cuáles son las principales preocupaciones de los usuarios españoles sobre el tratamiento fiscal y contable de las criptomonedas?

SA: El trato contable es primordial a pesar de que no se le da la importancia necesaria, pues en función de cómo contabilicemos se deberán pagar más o menos impuestos. En Modo Cripto somos especialistas en contabilidad, y por tanto para responder a tu pregunta, debemos diferenciar entre particulares y empresas, pues sus inquietudes son diferentes.

En el caso de los particulares, la realidad es que en relación a la contabilidad sólo les preocupa que efectivamente podamos hacer y justificar todo el trackeo de sus operaciones, sobre todo cuando se ha operado en DeFi, no dando la suficiente importancia por desconocimiento a cómo deben contabilizarse. 

En ocasiones piensan que los softwares contables cripto ya les hacen todo el trabajo, pero debes saber interpretar cómo categorizar la operación para aplicar correctamente la fiscalidad posteriormente. Un ejemplo práctico, una entrada de criptomonedas en una wallet puede contabilizarse como un “ingreso” o como un “depósito”, siendo la diferencia muy importante, pues mientras que por el “ingreso” deberás pagar impuestos, por el “depósito” no.

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A nivel fiscal la primera preocupación viene cuando en los datos fiscales les aparece el mensaje de “la agencia tributaria tiene constancia de que ha operado con criptomonedas”, y en ese momento se ponen un poco nerviosos y acuden a nosotros, en ocasiones porque su propio gestor tradicional les pide los informes o certificados de las ganancias y pérdidas en cripto, tal y como harían ante una venta de acciones, sabiendo que eso es difícil de conseguir. 

Para ayudarles en Modo Cripto les realizamos un Informe Fiscal Cripto, que consiste en contabilizar toda su operativa a lo largo de los años y categorizada adecuadamente, para emitirles el resultado con indicación de cómo tributa cada uno de ellos dependiendo de la operación realizada.

Otra preocupación que últimamente estamos teniendo es conocer las implicaciones y obligaciones legales y tributarias de realizar P2P, o saber cómo poder enviar dinero fiat al banco cuyo origen proviene de operaciones con criptomonedas, y que no les bloqueen las cuentas por “blanqueo de capitales”. 

Les ofrecemos varías soluciones para poder demostrar ese origen, entre las cuales destaca el “Informe de análisis de billeteras para determinar el origen de los fondos”, que también utilizamos cuando un inversor cripto quiere comprar inmuebles en España

Si nos centramos en las empresas, la principal preocupación suele ser que su gestor no sabe cómo contabilizar las criptomonedas, “a priori” categorizadas o bien como “Existencias” o como “bienes de inversión”, según nos pone de manifiesto el ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) en una de las pocas consultas que tenemos. 

Es interesante recalcar que según la opción escogida se pagarán mayores o menores impuestos, y por tanto, la empresa se expondrá a un riesgo elevado en caso de no poder justificar el motivo de dicha elección. La interpretación fiscal en este caso también es decisiva, y vamos a poner un ejemplo práctico para entenderlo:

Una empresa emite una ICO de utility tokens, obteniendo unos ingresos elevados a una fecha concreta que utiliza para financiarse, pero no para prestar ese servicio o producto que el usuario le ha pagado en ese mismo momento, pues probablemente está aún en “construcción”. 

He llegado a ver empresas que han estado a punto de pagar el 15% o 25% de impuesto sobre sociedades por esos ingresos, consecuencia de no entender el contable y/o fiscalista lo que es una ICO o un utility token

En estos casos esos ingresos deberían ser tratados como un “anticipos de clientes”, y por tanto ese porcentaje de impuestos no debe pagarse hasta que se consume el servicio o se entrega el producto, lo cual cambia mucho el resultado de la empresa. 

Otro impuesto que se debe entender bien cómo funciona porque juega un papel fundamental es el IVA, ya que si de por sí en ocasiones es complejo por temas de localización del servicio y orígen del destinatario, si le añadimos que a veces no conocemos al destinatario o lo que vendemos es un activo digital, la cosa se complica. 

En este sentido, a nuestros clientes siempre les ofrecemos un Informe individualizado para establecer los procedimientos contables y fiscales, que además de ayudar a cumplir con la normativa y tener una justificación en caso de revisión, utilizan para modificar sus márgenes comerciales u operativos en caso de ser necesario.

Personalmente y por mi trayectoria, soy plenamente consciente de la dificultad que un gestor tradicional puede tener cuando se enfrenta a casos como este, es por eso que en Modo Cripto tenemos alianzas con diferentes asesorías, nosotros llevamos la contabilidad cripto de sus clientes, y ellos continúan asesorando y contabilizando la parte tradicional.

DJ: ¿Qué herramientas tecnológicas disponibles en España facilitan la correcta tributación de actividades vinculadas a criptoactivos?

SA: Existen varias herramientas que se pueden utilizar para trackear las operaciones en criptomonedas, como pueden ser CoinTracking, Koinly o Cointracker, entre otras, que cada día van avanzando en sus integraciones con redes blockchain y están en procesos de mejora continúa. 

Estas tecnologías son esenciales en el dinámico panorama de las criptomonedas, brindando a las personas la confianza necesaria para cumplir eficazmente con sus obligaciones fiscales en este espacio en constante evolución.

Por nuestra forma de trabajar y conocimiento, en Modo Cripto utilizamos el software CoinTracking como principal herramienta para la contabilización de criptoactivos, ayudándonos además de la investigación en los exploradores de las propias blockchains. 

Aunque CoinTracking es relativamente nuevo, nuestro equipo de expertos está capacitado para interpretar y corregir cualquier inconveniente que pueda surgir. Esto, unido a la buena interpretación de las operaciones a nivel técnico y fiscal, junto a la correcta categorización contable, asegura la fiabilidad de los resultados presentados a las autoridades fiscales. 

DJ: ¿Cuál será el impacto del Reglamento MiCA en los usuarios de criptomonedas en España?

SA: El Reglamento de Criptoactivos (MiCA) se presenta como un catalizador positivo para los usuarios españoles de criptomonedas. Esta regulación de la Unión Europea establecerá normativas claras y coherentes, creando un entorno más seguro y confiable para las transacciones con criptoactivos. 

Al proporcionar un marco legal robusto, MiCA no solo protegerá a los inversores de posibles estafas, sino que también fomentará la adopción generalizada de tecnologías blockchain en la sociedad, o eso esperamos. 

Para los usuarios, esto implica un aumento en la seguridad y la transparencia, lo que, a su vez, podría impulsar la participación y la inversión en el mercado de cripto activos con mayor confianza y certeza regulatoria.

DJ: Consideraciones y consejos para ciudadanos españoles y extranjeros que se relacionan con criptomonedas desde una perspectiva fiscal y contable

SA: Para el ciudadano español, y aquellos fuera de su territorio, que se vinculan con criptomonedas, la prudencia en aspectos contables y fiscales es esencial. Nuestra recomendación siempre es contar con profesionales de confianza antes de realizar cualquier movimiento u operación que pueda afectar al patrimonio personal o empresarial, para analizar la afectación tributaria y en todo caso, poder establecer una estratégia fiscal de optimización de resultados, siempre acorde a la legalidad.

DJ: ¿Cuál es tu perspectiva sobre el futuro de las criptomonedas en España en términos contables y fiscales?

SA: Descubrir la creciente llegada de inversión extranjera a través de criptomonedas en España ha sido un hallazgo en este nuevo mundo financiero. En Modo Cripto, hemos identificado cómo esta tendencia podría ser un catalizador significativo para la economía española. 

La posibilidad de convertirnos en un país cripto-friendly abre puertas a oportunidades extraordinarias, especialmente en el sector inmobiliario, y nos entusiasma poder compartir con nuestros clientes los mecanismos legales que podrían facilitar y maximizar estas transacciones, siempre dentro de la legalidad y cumpliendo con la prevención de blanqueo de capitales para ayudar a prevenir el fraude.

Observar cómo la blockchain y las monedas virtuales se están convirtiendo en un vehículo de inversión confiable y aceptado por instituciones y sociedad, es verdaderamente reconfortante y disruptivo a la vez. No sólo redefine la manera en que concebimos las transacciones financieras, sino que también podría impulsar una modernización económica a nivel nacional e internacional.

En este contexto, guiar a nuestros clientes a través de este nuevo paradigma, ofreciendo no solo servicios especializados, sino también una comprensión profunda de las implicaciones y oportunidades, se vuelve más esencial que nunca. Este descubrimiento refuerza nuestra dedicación a ser líderes en el asesoramiento cripto y fortalece nuestra misión de construir confianza y brindar una experiencia segura y valiosa en este emocionante mundo financiero.

La información y/u opiniones emitidas en este artículo no representan necesariamente los puntos de vista o la línea editorial de Cointelegraph. La información aquí expuesta no debe ser tomada como consejo financiero o recomendación de inversión. Toda inversión y movimiento comercial implican riesgos y es responsabilidad de cada persona hacer su debida investigación antes de tomar una decisión de inversión.

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