Juzgado en España ordena devolución de préstamo en bitcoin, no en euros

El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Vigo, en España, ha emitido una sentencia única que ha llamado la atención de los medios. Se debe a que ordenó la devolución de un préstamo en bitcoin (BTC) en lugar de en euros.

La sentencia de este juzgado establece que un deudor debe devolver 0.58 bitcoins, equivalentes a 14,313 euros para el momento de la redacción, a su prestamista.

El préstamo se acordó mediante el servicio de mensajería de WhatsApp en el 2020. Por dicho medio, los particulares acordaron que uno le prestaría al otro unos 1.2 bitcoin, los cuales debían ser devueltos con intereses de 0.1 bitcoin.

Sin embargo, en agosto de ese mismo año, el prestamista propuso al demandado que estos intereses se pagaran en euros, a lo que el deudor se negó. Hay que tener en cuenta que para inicios del 2020, bitcoin tenía un precio entre los 7,500 a 8,600 euros y para agosto fluctuaba entre los 9,500 a 10,300 euros.

Un año después de este intercambio, el deudor le envió 0.7 bitcoins al prestamista. Aun así, el prestamista le envió un mensaje por Whatsapp donde le pedía “0.48 bitcoins” más, con el texto: “es lo que me debes ahora”. Para inicios del 2021, el precio de bitcoin estaba entre los 20,000 y 40,000 euros, por lo que es probable que el deudor pensaba pagar su deuda en euros, cuando anteriormente indicó que no estaba de acuerdo.

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El resultado de demanda en España por la devolución del préstamo de bitcoin

A finales de 2021, el prestamista denunció a su deudor por el impago y el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Vigo sentenció que la cantidad a devolver son 0.58 bitcoins, 0.48 más los 0.1 de los intereses establecidos inicialmente.

El demandado mencionó que la devolución de los intereses ya estaba hecha, pero la jueza lo desestimó por no existir pruebas de ese ingreso.

Este fallo es pionero en España, ya que abre la puerta a la posibilidad de recuperar bitcoin y otras criptomonedas, en lugar de su equivalente en euros.

Por lo menos, en este caso el demandado deberá devolver unos 14,000 euros en bitcoin, actualmente, cuando dicho monto podría ser 5,900 euros para el momento en que el prestamista se lo pidió en euros.

Para el 2019, el Tribunal Supremo sentenció en un caso de estafa que no se podía devolver de bitcoin, sino solo su equivalente en euros.

La sentencia ha generado gran interés en la comunidad legal y de criptomonedas, ya que sienta un precedente importante y plantea nuevos desafíos en cuanto a la regulación y el tratamiento legal de las transacciones con criptomonedas.

En resumen, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Vigo ha sido un hito en la historia de las criptomonedas en España, al establecer la obligatoriedad de la devolución de un préstamo en criptomonedas en lugar de en euros. Este fallo sentará precedentes y abrirá la puerta a nuevas regulaciones y políticas en el ámbito de las criptomonedas en España y en países de todo el mundo que buscan una regulación clara y efectiva de estas tecnologías emergentes.

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