El gobierno argentino podría embargar cuentas digitales y este fallo podría afectar a las billeteras cripto

El ente recaudador de Argentina, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), logró una victoria judicial en Cámara de apelaciones respecto a un embargo a billeteras digitales. La Cámara Federal de la Ciudad costera de Mar del Plata dio el visto bueno a un embargo a cuenta en la plataforma y procesador de pagos Mercado Pago, de la empresa Mercado Libre, sobre un contribuyente con el fin de asegurar el pago de deudas impositivas. La causa se conoce como “AFIP c/ Kjer Aníbal Omar s/ ejecución fiscal” y uno de los argumentos de la justicia es “el auge de la actividad económica y financiera a través del uso de cuentas digitales“. Es posible que el fallo siente un precedente que podría afectar a las billeteras cripto.

A partir de este fallo, la Justicia argentina considera parte del patrimonio del titular de la cuenta que tiene en la plataforma Mercado Pago, una billetera digital. Como se mencionó anteriormente, la Justicia considera a las nuevas tecnologías como parte de la actividad económica y, por lo tanto, como otra posibilidad de convertirse en un medio de evasión fiscal. El pedido de parte de AFIP es embargar fondos hasta cubrir la suma reclamada, más un 15% presupuestado provisoriamente para intereses y costos del proceso. La entidad argumenta que los activos digitales presentes y futuros que pudiera tener el demandado en la cuenta digital denunciada constituyen bienes que integran su patrimonio y, además, sostiene que no existe ley que los declare inembargables o inejecutables. Cabe destacar que el embargo surge ante el resultado negativo arrojado por el embargo general de fondos y cuentas bancarias y cajas de seguridad, y la inhibición general de bienes dispuestos por el juez.

Entre las entidades que se verían afectadas se encuentran los bancos tradicionales y los digitales (aquellos que operan íntegramente online y sin sucursales, pero ofrecen CBU y tienen licencia bancaria del Banco Central de Argentina), como así también las fintech y las entidades Proveedoras de Servicios de Pago (PSP).

Esto disparó las alarmas en el mundo cripto, ya que las criptomonedas cumplen funciones de unidades de cuenta y resguardo de valor, a la vez que pueden ser utilizadas para saldar deudas y comerciar, por lo que podrían ser embargables en vistas del fallo que se dio en Mar del Plata.

Sin embargo, una diferencia clave con las entidades financieras tradicionales es que las criptomonedas que se guardan de manera no custodial son inalcanzables por la normativa al menos en lo que al enforcement se refiere: el Estado no puede disponer de las llaves privadas de los usuarios. Aunque este no es el caso de los exchanges, ya que los usuarios delegan la custodia de los criptoactivos a la empresa y, por lo tanto, esta podría actuar como intermediario entre AFIP y sus clientes, colaborando con las entidades oficiales para facilitar el embargo. Cabe destacar que la enorme mayoría de los exchanges trabaja con procesos de KYC.

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