Alejandro Muñoz, abogado especialista en nuevas tecnologías, explica requisitos para conformar una empresa en El Salvador

Nayib Bukele, presidente de El Salvador, ha abierto el juego y sentado un precedente al proclamar Bitcoin como moneda de curso legal en su país. La Ley Bitcoin pretende atraer empresas “cripto-friendly”, ya que, según esta ley, no tributarían impuestos por sus ganancias en bitcoin. Esto puso a El Salvador en la mira de muchas empresas e inversionistas extranjeros, sabiendo además que se está empezando a desarrollar el emplazamiento de “Bitcoin City en este país, junto a otros planes de infraestructura moderna, entre estos el de un aeropuerto nuevo.

Es en este marco que conversamos con el abogado Alejandro Muñoz, para conocer más sobre las regulaciones, requisitos y beneficios a tener en cuenta caso de querer formalizar operaciones en El Salvador.

Santiago Cassina (SC): ¿A qué se dedica la firma Torres?

Alejandro Muñoz (AM): Nosotros somos un bufete empresarial, enfocado en las nuevas tecnologías. Tenemos el área legal, contabilidad, mercadeo, propiedad intelectual, derecho corporativo y regulatorio y prevención de lavado de dinero. A todas las empresas las asesoramos de forma holística e integral.

SC: ¿Cómo es el método de conformación de una empresa en El Salvador? 

AM: Las empresas se pueden constituir como personas jurídicas. Un holding en España, o en Estonia, puede ser accionista acá en El Salvador. Sólo se necesita toda la documentación, desde Estonia por ejemplo, debidamente apostillada, una copia certificada por un notario de allá, que puede ser electrónica, y traducida al castellano. Además de un poder que faculte poder abrir una sociedad acá, y tener el número de identificación tributaria (NIT). Este número es un documento esencial para abrir una empresa acá y para realizar cualquier tipo de transacción comercial. El NIT se puede obtener presentando toda la documentación y nombrando un apoderado. Todos estos trámites se pueden hacer a distancia, pero la firma todavía debe ser ológrafa, debido a las leyes notariales actuales.

La persona natural también puede ser accionista, sólo debe tener su NIT y el pasaporte vigente. Actualmente las sociedades unipersonales no se pueden conformar, pero se estipula que podría hacerse en el futuro. En este momento se necesitan como mínimo dos personas.

Como persona extranjera, autónoma, ofreciendo servicios profesionales, debe inscribirse como individual, y sacar documentos fiscales para emitir factura y domiciliarse aquí. El problema en general en estos casos es de poder demostrar su domicilio. Para eso debe vivir al menos 200 días acá o empezar un proceso de residencia, para que se entienda realmente domiciliado acá, y pagar el 20% de impuestos. Por eso es más fácil constituir una sociedad, ya que la sociedad se domicilia acá y usted puede estar en el extranjero, y mejorar sus utilidades pagando sólo el 5%, y no el 20%.

SC: ¿Cuáles son los límites de operación de Chivo?

AM: Hay que tener en cuenta que Chivo es un proyecto privado/público, por así decirlo, es una empresa privada que funciona con fondos públicos. Ellos manejan sus propias políticas de transacciones y los límites de montos de las transacciones los determinan ellos, por un tema de prevención de lavado de dinero, como también la fuga de dólares, por si viene alguien y quiere sacar cien mil dólares de un cajero, por dar un ejemplo, y generar un problema de liquidez. Como empresa se puede abrir una Chivo Empresarial, pero ahí ya deben hacer un acuerdo comercial para ampliación de límites.

El Banco Hipotecario es “amigable” con Bitcoin, es un banco estatal. Y como todo banco, tiene sus políticas de prevención de lavado de dinero y KYC (Conoce-tu-cliente). Entonces, toda transacción grande debe tener justificación de origen de fondos.

Tenemos un límite, impuesto por Estados Unidos, de un plazo de 3 a 6 meses para empezar a realizar transacciones bancarias al exterior, también para evitar la salida indiscriminada de dólares del país, ya que si en el país nos quedamos sin dólares, tenemos que comprarle a Estados Unidos.

Algo a destacar es que aún no tenemos una regulación estricta o tan adaptada. Ahora vienen 52 reformas del gobierno, pero nosotros opinamos que no es necesario regular todo, sino dejar un área flexible de juego, pues estaríamos intentando centralizar un modelo que nació descentralizado. Es como tratar de regular las DAO solicitándoles que se domicilien aquí.

SC: ¿Qué tan fácil es recibir dinero del exterior por transferencias bancarias?

AM: Es un poco complicado. La mayoría de las transacciones vienen desde Estados Unidos, eso es fácil. Pero el tema de recibir vía SWIFT, o IBAN desde otro país, se tarda mucho, hasta 5 días para cada transacción.

A los bancos tradicionales no se les permite operar con Bitcoin para, de esta manera, abrirles el juego a los exchanges, a las billeteras y demás

La idea, con las leyes que vienen, es que se asienten los neobancos, los bancos digitales. Pero evitar darle a los bancos tradicionales esas herramientas, pues ellos tienen ya el capital y la estructura para ganarle el negocio a todos. La idea es que vengan nuevas inversiones fintech, nuevos negocios y DeFi para realizar esto. Por eso no le dieron a los bancos la facultad de poder tener dólares y Bitcoin. El banco sólo recibe dólares, no recibe bitcoin.

SC: ¿Cómo es actualmente la gestión impositiva?

AM: Con el tema de los impuestos, uno primero le declara las tenencias al estado. Luego el estado decide si debe auditar. No hay impuesto a las ganancias por bitcoin. Es decir que si usted empieza a holdear con su empresa acá en El Salvador y el precio de bitcoin se va a USD 100,000 por ejemplo, en relación al dólar, usted no va a pagar ni un centavo. Muchas empresas lo que hacen es registrarse aquí, presentan la documentación, con un representante y domicilio legal aquí y abren una wallet de la empresa en El Salvador.

SC: Para finalizar, ¿hay algo que quisieras destacar?

AM: La ley que viene debería extenderse a las criptomonedas. ¿Por qué no se lanzó desde el inicio una ley de criptomonedas? Pues porque iba a ser difícil, de entrada, explicarle a la gente que existe Bitcoin y que existen todas las otras.

El tema de la educación ha ido evolucionando poco a poco. Ha habido rechazo por Bitcoin al principio. A la gente que estaba acostumbrada a manipular efectivo tú le decías: “todo ese dinero que tienes guardado ahí pues te lo puedo dar en bitcoin”. Y la gente era escéptica, muy tradicional.

Aclaración: La información y/u opiniones emitidas en este artículo no representan necesariamente los puntos de vista o la línea editorial de Cointelegraph. La información aquí expuesta no debe ser tomada como consejo financiero o recomendación de inversión. Toda inversión y movimiento comercial implican riesgos y es responsabilidad de cada persona hacer su debida investigación antes de tomar una decisión de inversión.

Te puede interesar:

Las inversiones en criptoactivos no están reguladas. Es posible que no sean apropiados para inversores minoristas y que se pierda el monto total invertido. Los servicios o productos ofrecidos no están dirigidos ni son accesibles a inversores en España.