Modificaciones tributarias en una provincia de Argentina alcanzan a las criptomonedas

En la provincia de Córdoba, en Argentina, existen modificaciones en materia tributaria que alcanzan a las criptomonedas. Así lo indicó el consultor tributario Marcos Zocaro, quien escribió un documento sobre el tema para el Centro de Estudios de Administración Tributaria (CEAT FCE UBA).

Según explicaron desde el CEAT, el trabajo  de Marcos Zocaro analiza la incorporación del concepto de “moneda digital” en varios aspectos de la normativa impositiva provincial, que procura gravar la actividad de compra venta de estos activos, e incluso la venta de monedas digitales recibidas como parte de pago por la prestación de un servicio o venta de un bien.

“De esta forma, Córdoba se convierte en la primera jurisdicción subnacional en empezar a regular las operaciones con criptoactivos, con todos los desafíos que esta actividad plantea“, remarcaron.

Consultado por Cointelegraph en Español, Marcos Zocaro señaló algunos de los puntos más importantes a tener en cuenta. Zocaro contó que el Código Tributario provincial de Córdoba incorpora (con algunas excepciones) como actividad gravada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a: “La prestación de servicios de cualquier naturaleza, vinculados directa o indirectamente con operatorias relacionadas con monedas digitales.”

“Con respecto a la base imponible, en lo concerniente a las operaciones de compra y venta de monedas digitales, establece que la base imponible estará constituida por la diferencia entre los precios de venta y de compra, siempre que sean realizadas por ´sujetos que fueran habitualistas en tales            operaciones´”, agregó Zocaro.

Por otra parte, detalló: “La Ley Impositiva establece alícuotas del impuesto que van del 4% al 4,75% para los servicios prestados por exchanges y del 4% al 6,5% para la actividad de compraventa de monedas digitales”.

Los interesados en ver el documento completo de Marcos Zocaro, pueden ingresar aquí.

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