El tribunal de Nueva York no tiene derecho a escuchar un caso “internacional”, argumenta la empresa Bancor

El equipo jurídico de una empresa de criptomonedas que se enfrenta a posibles violaciones de la ley de valores pide que se desestime el caso por motivos geográficos

Según los registros judiciales presentados el 13 de octubre en el distrito sur de Nueva York, los abogados de la empresa blockchain BProtocol Foundation argumentaron que un tribunal de fuera de los Estados Unidos sería más adecuado para supervisar el caso debido a la naturaleza “internacional” de la denuncia. El equipo jurídico de la Fundación BProtocol dijo que la denuncia se basaba “en que un hombre de Wisconsin utilizó un exchange en Singapur para comprar tokens emitidos por una entidad suiza”, lo que no era apropiado juzgar en Nueva York.

“El Distrito Sur de Nueva York solo es conveniente para el abogado del demandante, no para ninguna de las partes ni para ninguno de los posibles testigos”, declaró el equipo jurídico de la Fundación BProtocol. BProtocol es la empresa matriz de la red descentralizada de liquidez Bancor.

Los cofundadores Eyal Hertzog, Yehuda Levi, Guy Benartzi y Galia Benartzi sugirieron al juez Alvin K. Hellerstein que el demandante principal en la demanda colectiva, Timothy C. Holsworth, podría presentar una demanda similar en Israel, donde los cuatro tienen residencia. El bufete Blockchain también tiene oficinas allí, y en Suiza.

“Israel tiene un sistema jurídico sólido del que el demandante podría valerse.”

La Fundación BProtocol es una de las siete empresas de criptomonedas que se enfrentan a los tribunales de Nueva York tras una serie de demandas presentadas en abril. En los juicios se nombraron los exchanges de criptomonedas Binance, KuCoin, BiBox y BitMEX junto con los supuestos emisores de criptomonedas Block.one, Quantstamp, KayDex, Civic, Status y la Fundación Tron.

En las demandas se alega que los exchanges vendieron valores sin licencia sin la autorización de los corredores de bolsa y participaron en la manipulación del mercado, además de que varias de ellas ocultaron selectivamente información a los inversores sobre la venta de sus tokens como valores. En el caso de la Fundación BProtocol, Holsworth alega que la empresa Blockchain violó las leyes de valores de los Estados Unidos con la venta de su Bancor Network Token (BNT).

Sin embargo, el hecho de que los criptoactivos en cuestión comprendan o no valores no es el eje principal del argumento que subyace a la moción de desestimación del equipo legal. Declaró que “el Tribunal no necesita llegar a esa cuestión para desestimar la demanda”.

“Dado que el demandante compró su BNT en un exchange de valores con sede en Singapur, su transacción fue totalmente ajena a los Estados Unidos”, dijeron los abogados de Blockchain. “Ninguna parte de la Ley de Valores se aplica porque los BNT no son valores”.

Las demandas colectivas son una especie de pesadilla jurisdiccional, ya que muchos exchanges y emisores de tokens con sede fuera de los Estados Unidos necesitan que se les atienda con el Convenio de La Haya. Además, muchas salas de tribunal todavía están experimentando perturbaciones causadas por la actual pandemia.

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